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Derecho de petición por una vivienda digna en Colombia



Por Equipo uniderecho.com

Publicado en abril 11, 2015

Derecho de petición por una vivienda digna en Colombia

El derecho a la vivienda digna se presenta contemplado en el artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948. Algunas constituciones nacionales también lo consideran.

El derecho universal a una vivienda, digna y apropiada, como uno de los derechos humanos, se presenta recogido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos en su artículo 25, apartado 1 y en el artículo 11 de Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC):

   Artículo 25.1 Declaración Universal de los Derechos Humanos: Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.1 2

    Artículo 11. Del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales: Toda persona tiene el derecho a un nivel de vida adecuado para sí misma y para su familia, incluyendo alimentación, vestido y vivienda adecuadas y una mejora continuada de las condiciones de existencia, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.3.

El derecho de petición como recurso para reclamar el derecho de vivienda digna en Colombia

De acuerdo al Articulo 51 de la constitución política de Colombia. “Todos  los colombianos tienen derecho a vivienda digna. El estado fijara las condiciones necesarias para hacer efectivo este derecho y promoverá planes de vivienda de interés social, sistemas adecuados de financiación a largo plazo y formas asociativas de ejecutar de estos programas de vivienda”.

El derecho de vivienda digna en Colombia representa una gran incertidumbre. Es una cuestión de gran relevancia para el ser humano, que se puede asegurar, sin temor, que todas las constituciones a nivel mundial lo consagran como un derecho. La organización de naciones unidas –ONU- lo ha establecido como un derecho humano, intrínseco al ser humano.

No se reconoce en la actualidad una existencia digna sin la posibilidad de contar con un techo donde vivir; no obstante, son millones de individuos en el mundo que no poseen uno, la verdad es que en la gran mayoría de países del mundo es distinto a las buenas pretensiones de las constituciones. En algunos países, este derecho se ha convertido en un ideal, un anhelo grande pero complicado de conseguir en ciertas situaciones, debido a que no hay recursos económicos para satisfacer la demanda, en otras, porque no existe la voluntad política de hacerlo. En estas circunstancias, es cuando se hace necesario recurrir al derecho de petición como recurso para reclamar el derecho a una vivienda digna. Para ampliar esta información te invitamos a leer sobre derecho de petición.

¿Qué significa vivienda digna? Lo que es digno para unos no es digno para otros

Si fabricamos una vivienda “ideal” a través de un simulador virtual, tal como nos enseñan en los SIMS, esa vivienda podría llenar el anhelo de un gran número de personas, sin embargo no de todos, entonces nos cuestionamos:  ¿qué se entiende por vivienda digna?

En Colombia, la corte constitucional, intentando brindar respuestas a esta pregunta, estima que el derecho a la vivienda digna es un derecho objetivo de cualidad asistencial que debe ser ejecutado por un legislador y fomentado por la administración, conforme con la ley, para ser prestado de manera directa por esta, o mediante entidades asociativas creadas para tal propósito. 

Colombia ya se enfrentó a la llamada crisis del UPAC, en el transcurso de la cual una gran cantidad de colombianos perdieron los ahorros de toda la vida y su vivienda. Familias completas de clase media y baja fueron “lanzadas” de sus residencias y apartamentos, utilizando todo el aparato judicial (desde magistrados y jueces; hasta empleados judiciales, inspectores de policía y obviamente la fuerza pública, elaborada para defender a todos los colombianos). El derecho de petición, es entonces, una de las herramientas que posee el ciudadano para exigir su derecho a una vivienda digna.

La publicidad de las compañías inmobiliarias, tanto en prensa escrita como hablada, en las vallas, los plegables, los sitios webs, nos enseñan una idea de vivienda digna. De “casa ideal”  expresarían otros, de “apartamento ideal” que ilusionan a cualquiera. Realizan la explotación de esa sensibilidad y anhelo del ser humano por ofrecer a su familia un techo en perfectas condiciones.