Registrandote recibires correos con noticias, minutas y artículos de interes general y actualidad.





¿En qué consiste una demanda por alimentos?



Por Equipo uniderecho.com

Publicado en enero 14, 2015

¿En qué consiste una demanda por alimentos?

La demanda por alimentos es posible presentarla es las situaciones en que uno de los padres no se encuentre cumpliendo con sus deberes, que le exigen a responder económicamente pos su hijos menores, por una obligación que se halla consagrada legalmente para los descendientes (hijos y nietos), ascendientes (padres sin recursos) y en ciertos casos cónyuge. En el artículo 233 del Código Penal se estima a la inasistencia alimentaría como un delito que deberá pagarse con cárcel de 1 a 3 años y multas de 10 a 20 salarios mínimos legales vigentes. La pena es susceptible de convertirse a mayor en la situación de que se infrinja sobre un menor de 14 años.
 
En el momento en que ocurre un Divorcio en Colombia, es fundamental conocer quien debe quedar al cuidado de los niños. Por esta razón, es indispensable que un juez de familia se encargue del caso y compruebe, que es lo mejor para el niño.
 
Por lo general en los divorcios en Colombia, así se decida de mutuo acuerdo o por conducto judicial, deberá establecerse la cuota alimentaria con relación a los hijos, la cual se debe incrementar o reducir según las circunstancias en que se hallen los padres.
 
Es posible buscar la reducción de la cuota alimentaria, en el momento en que alguno de los padres pierda el empleo o consiga un nuevo trabajo con un salario básico o muy inferior; cuando alguno de los dos padres tenga otro hijo, o en la situación de que la expareja logré una mejor alternativa económica.Se debe precisar que en ningún momento, ni por cualquier hecho, se libra de pagar la cuota para el hijo.  En la situación contraria, es posible que la exigencia de un aumento de cuota alimentaria cuando la circunstancia económica de alguno de los padres mejora, debido a que el hijo ha crecido y requiere de otras condiciones para el desarrollo de su vida.
 
No se debe olvidar que el proceso del incremento o reducción de la cuota alimentaria, se debe avanzar por vía judicial, sin embargo es obligación en primer lugar asistir a la conciliación, con la intención de que las partes concierten sin que sea necesario la intervención de la jurisdicción. Si desea obtener una información más detallada sobre el tema lo invitamos a leer sobre demanda por alimentos.


Finalmente, los hijos poseen derecho a recibir su cuota alimentaria así sean mayores de edad, siempre que estén realizando sus estudios y dependan económicamente de sus padres, o padezcan de alguna discapacidad o enfermedad que no le permita valerse por sí mismo.