Registrandote recibires correos con noticias, minutas y artículos de interes general y actualidad.





Los Convenios de Ginebra



Por Equipo uniderecho.com

Publicado en abril 20, 2009

Los Convenios de Ginebra

Los Convenios de Ginebra y sus Protocolos adicionales, son tratados internacionales que estipulan las principales normas y medidas para prevenir o poner fin a la barbarie de la guerra.

Esto principalmente en beneficio de las personas que no participan en las hostilidades (civiles, personal sanitario y religioso, miembros de organizaciones humanitarias) y a los que ya no pueden luchar (heridos, enfermos, náufragos, prisioneros de guerra).

Los Convenios y sus Protocolos estipulan que se ha de tomar medidas para prevenir o poner fin a lo que se conoce como "infracciones graves". Los autores de infracciones graves deben ser sancionados" .

Además forman parte del Derecho Internacional Humanitario, un conjunto de normas jurídicas que regulan las formas en que se pueden librar las guerras y garantizan la protección de las personas.

El primer Convenio de Ginebra, celebrado el 22 de agosto de 1864 y firmado por 16 países, se refería exclusivamente al cuidado de los militares heridos de los ejércitos de campaña. Pero más adelante, las normas estipuladas en ese instrumento se adaptaron para abarcar también la guerra marítima y el trato debido a los prisioneros de guerra.

Con este propósito se inició una nueva Conferencia el 12 de abril de 1949. Durante cuatro meses más sus participantes discutieron la ampliación y la aprobación de los Convenios de Ginebra. Finalmente el 12 de agosto de 1949, los Convenios fueron revisados y ampliados.

En la actualidad los convenios vigentes son:

• I. Convenio de Ginebra: Aliviar la Suerte que Corren los Heridos y los Enfermos de las Fuerzas Armadas en campaña.

• II. Convenio de Ginebra: Aliviar la Suerte que Corren los Heridos, los Enfermos y los Náufragos de las Fuerzas Armadas en el Mar.

• III. Convenio de Ginebra: trato debido a los prisioneros de guerra.

• IV. Convenio de Ginebra: protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra.

Años posteriores surgen los Protocolos Adicionales para llegar a reforzar áreas que los mismos Convenios no incluían, "las disposiciones de los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 y del presente Protocolo deben aplicarse plenamente en toda circunstancia a todas las personas protegidas por esos instrumentos, sin distinción alguna de carácter desfavorable basada en la naturaleza o el origen del conflicto armado o en las causas invocadas por las Partes en conflicto" menciona el Preámbulo del Protocolo I.

En caso de los protocolos Adicionales son los siguientes:

• Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales (Protocolo I).

• Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados sin carácter internacional (Protocolo II).

• Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la aprobación de un signo distintivo adicional (Protocolo III).

Los Convenios de Ginebra, los cuales fueron ratificados por 194 Estados y gozan de aceptación universal, son un mecanismo legal y universal que permite poder extender el servicio humanitario a