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PACTO COLECTIVO



Por Equipo uniderecho.com

Publicado en febrero 16, 2007

PACTO COLECTIVO



CAPITULO I
Normas del pacto

Art. lo.- Partes y beneficiarios. Este Pacto Colectivo de Trabajadores se suscribe de acuerdo con el Articulo 481 del Código Sustantivo del Trabajo y obliga, de una parte, a cuyo domicilio principal es la ciudad de ......................... y que a lo largo de este documento se denominará “LA CORPORACION” y, de otra parte, obliga y favorece a los trabajadores de la misma institución que lo firman en señal de aceptación, siempre y cuando no estén sindicalizados. Además del personal sindicalizado de la Corporación, también quedan excluidos del Pacto las siguientes personas, al servicio de la Corporación:

...................................................... ................................................... ...................................................
C.C. No. .................. de ............... C.C. No. .................. de ............. C.C. No. .................. de ............
...................................................... ................................................... ...................................................
C.C. No. .................. de ............... C.C. No. .................. de ............. C.C. No. .................. de ............

Art. 2o.- Vigencia. La vigencia del presente Pacto Colectivo es de .......... años contados a partir del .......... de .................... de ............... y expirará el .......... de .................... de ...............

Art. 3o.- Extensión de beneficiarios. Los beneficios de este Pacto Colectivo que entran a ser parte de los contratos se extenderán a todo el personal de la Corporación que se encuentre vinculado mediante contrato de trabajo de duración indefinida, al igual que aquellos empleados con contrato de trabajo a término fijo superiores a ............... días y que laboren al menos la mitad de la jornada de trabajo, lo mismo que todos aquellos trabajadores que ingresen con posterioridad y se adhieran durante su vigencia, de acuerdo con las limitaciones y exclusiones que se establecen en el articulo primero del mismo.

Art. 4o.- Exclusividad de pliego, beneficios e imputación. Durante el tiempo acordado de vigencia del presente Pacto ninguno de sus firmantes o adherentes podrá presentar peticiones colectivas a la Corporación o beneficiarse de otros convenios. Los beneficios contenidos en este Pacto serán imputados a los que por disposición legal, o de cualquier otra índole, le sean impuestos a la Corporación durante su vigencia, en favor de los trabajadores que a él se adhieran.


CAPITULO II
Beneficios económicos
Art. 5o.- Derechos incorporados. Consciente de las buenas relaciones laborales que deben existir con sus trabajadores se compromete a pagar las correspondientes prestaciones en su integridad, como también a reconocer a los trabajadores amparados por este Pacto los beneficios que se señalan en los siguientes artículos.

Art. 6o.- Primas de antigüedad. Con el propósito de estimular la permanencia de sus trabajadores en la Corporación ésta concederá las siguientes primas especiales de antigüedad. El valor de estos conceptos no constituye salario ni factor del mismo.
a. A quien cumpla cinco (5) años de servicios continuos, una bonificación equivalente a mes de sueldo.
b. A quien cumpla diez (10) años de servicios continuos, un equivalente al valor de un sueldo mensual. más un por ciento (............%) del mismo.
c. A quien cumpla quince (15) años de servicios continuos, una bonificación equivalente al valor de un (1) mes de sueldo, más un .......... por ciento (........%) del mismo.
d. A quien cumpla veinte (20) años de servicios continuos, una bonificación equivalente a......... meses de sueldo.
e. A quien cumpla veinticinco (25) años de servicio continuos, una bonificación equivalente al valor de............. meses de sueldo.
f. A quien cumpla treinta (30) años de servicios continuos, una bonificación equivalente al valor de............. meses de sueldo.

Art. 7o.- Primas semestrales adicionales. Además de las primas legales semestrales, que la corporación pagará en la forma como se señala en el Artículo 5o. de este Pacto Colectivo, la Corporación reconoce a sus trabajadores:
a.............. de sueldo fijo que percibe el trabajador que liquidará y pagará en el mes de Junio de cada año.
b.............. de sueldo fijo que perciba el trabajador que liquidará y pagará en el mes de Diciembre de cada año.
Tendrán derecho al 100% de éstas primas adicionales quienes hayan trabajado o laboren todo el respectivo semestre, o proporcionalmente se liquidará en relación con el tiempo servido, siempre que el trabajador; hubiera prestado los servicios por lo menos durante.............. días del respectivo semestre y no hayan sido despedidos por justa causa.

CAPITULO III
Primas y auxilios especiales
Art. 8o.- Prima de vacaciones. Por cada periodo de vacaciones anual que se cumpla a partir del.........., se entregará una prima de vacaciones de.............. pesos y por cada periodo anual cumplido a partir del................., se reconocerá la suma de............. pesos. Para los períodos anuales causados con anterioridad a la vigencia del presente Pacto Colectivo se entregará una prima de vacaciones por el valor establecido en el Pacto Colectivo vigente en el momento de su causación. El valor de este concepto no constituye salario ni factor del mismo.

Art. 9o.- Anteojos y cambio de lentes. La Corporación suministrará por una sola vez, a los trabajadores que hayan prestado sus servicios continuos por más de............ meses, un auxilio en dinero para la compra de anteojos, sí a su ingreso no han renunciado a ésta prestación y le fueren prescritos por valor de................... pesos. Además, dentro de las mismas condiciones de antigüedad. la Corporación pagará hasta una vez cada año, para el cambio de lentes cuando haya cambio de fórmula, un valor de............... pesos. Este pago se hará aunque el trabajador, a su ingresos, haya renunciado a ésta prestación. El valor de este concepto no constituye salario ni factor del mismo.

Art. 10.- Regalo de Bodas y Permiso Remunerado. La Corporación otorgará a su trabajador o trabajadora que contraiga matrimonio, reconocido por la ley colombiana, estando a su servicio, como regalo de bodas siempre y cuando que hayan prestado sus servicios a la Corporación durante un tiempo mínimo continuo de............... meses, una bonificación por un valor de.............. pesos. Esta suma se pagara previa presentación de la correspondiente partida. El valor de este concepto no constituye salario ni factor del mismo. Además la Corporación reconocerá permiso remunerado por motivo del matrimonio, hasta por............... días hábiles, siempre que éste permiso sea oportunamente solicitado previa y debidamente autorizado por la Corporación.
Parágrafo - Cuando ambos contrayentes sean trabajadores de la Corporación, cada uno de ellos recibirá el regalo de boda mencionado en éste articulo y el permiso se concederá en forma simultánea.

Art. 11.- Prima de nacimiento. La Corporación pagará al trabajador o trabajadora, previa presentación registro de nacimiento, un auxilio de maternidad por valor de............. pesos al nacimiento de cada hijo legalmente reconocido o en el momento de la adopción de un hijo. Si es el padre el que solicite la prima. la madre deberá ser la esposa o compañera permanente debidamente inscrita en el Departamento de Recursos Humanos de la Corporación, al menos............. meses antes de la fecha del nacimiento del hijo. El valor este concepto no constituye salario ni factor del mismo.

En caso de que la madre y el padre sean ambos trabajadores de la Corporación, sólo la madre recibirá éste auxilio de nacimiento. Para tener derecho a lo establecido en éste articulo se requerirá que el trabajador tenga al menos meses.............. continuos de antigüedad al servicio de la Corporación.
Art. 12.- Permiso por nacimiento. La Corporación reconocerá permiso remunerado de........... días al trabajador por el nacimiento de adopción de un hijo, dentro de la semana siguiente al nacimiento o adopción. El trabajador deberá presentar la prueba que se le exija para justificar este permiso.


Art. 13.- Permisos en casos de muerte de familiares. La corporación reconocerá permiso remunerado por ............... días al trabajador, cuando fallezca el padre, la madre, el cónyuge o un hijo legalmente reconocido. Si el fallecido es hermano, el permiso será de ............ día(s).
El trabajador deberá presentar las pruebas que se le exijan para justificar estos permisos.


Art. 14.- Auxilio muerte de familiares. La Corporación concederá a sus trabajadores, siempre y cuando que hayan prestado sus servicios a la corporación durante un tiempo mínimo continuo de............... meses, auxilio de................ pesos, por el fallecimiento, debidamente comprobado de las siguientes personas:
a. Su cónyuge. si con él cohabitara;
b. Su padre o madre si al fallecimiento estaba bajo su dependencia económica;
c. Los hijos menores a cargo que estuvieren bajo su dependencia económica;
El valor de este concepto no constituye salario ni factor del mismo.
Parágrafo.- La Corporación pagará el auxilio mencionado durante ................. siguientes al momento en que se haya solicitado, pero el trabajador deberá presentar los documentos probatorios en el término máximo de ............. días hábiles siguientes, so pena de incurrir en causal de mala conducta.

Art. 15.- Anexo de exequias. A quienes hayan tomado voluntariamente el Seguro Voluntario de Salud para familiares de que trata el Articulo 17 de éste Pacto y para los mismos familiares que tengan en él asegurados, la Corporación pagará la totalidad de la prima de un seguro anexo de exequias. El valor de éste seguro es de................ pesos, durante la vigencia de este Pacto Colectivo, que pagará la Compañía de Seguros por el fallecimiento debidamente comprobado de tales familiares, con sujeción a la documentación respectiva y normas exigidas por la Compañía Aseguradora.


Art. 16.- Reconocimiento. Para tener derecho a los beneficios establecidos en los artículos 9º, 10, 11, 14, deberá solicitarse su reconocimiento, al Departamento de Recursos Humanos de la Corporación en plazo que no exceda de................ días contados a partir de la ocurrencia del hecho que lo cause. Los pagos que se hagan al trabajador por los conceptos de que tratan los artículos antes citados no hacen parte del salario ni factor del mismo como tampoco lo serán todos aquellos auxilios en dinero o especie que concede corporación a sus trabajadores en forma habitual u ocasional para facilitar sus labores como son: desayuno, almuerzos, comidas. auxilio de alimentación, mediasnueves, onces, refrigerios, habitación, vestuario, gastos de transporte.


Art. 17.- Seguro de Deudores, Seguro de Salud, Seguro de Vida y de incapacidad Total o Permanente como complemento al Seguro de Vida. La Corporación mantendrá, por su cuenta, una póliza colectiva seguro de vida e incapacidad total o permanente para amparar a los trabajadores cobijados por el Pacto en caso de muerte. La cuantía de dicho seguro será el equivalente a ........... sueldos mensuales, por muerte natural e incapacidad total o permanente y ................ por muerte accidental. Además la Corporación concede como prestación extralegal, el ............... por ciento del valor de la prima de seguro de vida voluntario, que desee suscribir cualquiera de sus trabajadores, a través de una póliza colectiva que para tal fin tiene ella contratada y de acuerdo con la reglamentación de la Compañía de Seguros siendo entendido que el valor asegurado no podrá exceder de .......... veces el sueldo que devengue el respectivo trabajador, por mes. Igualmente la Corporación pagará el .............. por ciento del valor de la prima de Seguros Deudores establecido para cancelar las deudas que el trabajador tenga pendientes, para con la Corporación, en caso de muerte. Así mismo la Corporación concederá como prestación extralegal, el por ciento del valor de la prima de un seguro voluntario de salud para familiares, de los trabajadores que deseen suscribirlo, a través de una póliza colectiva que para tal efecto contratará la Corporación de acuerdo con la reglamentación de la Compañía de Seguros. Las primas que concede la Corporación por cada trabajador en forma general o individual tampoco se consideran salario o factor del mismo.

Art. 18.- Plan de vivienda. En los préstamos establecidos por la Corporación a sus trabajadores de acuerdo con el Reglamento de Préstamos de Vivienda aprobado por el Consejo Directivo, únicamente cobrará intereses del......... por ciento (.......%) anual por los primeros pesos y un interés del............ por ciento anual por los excedentes, siendo entendido que los préstamos podrán ser hasta de............ pesos.

Art. 19.- Prendas de trabajo y elementos de protección. La Corporación suministrará a sus trabajadores uniformes, blusas delantales u overoles, botas, zapatos y cascos que, por razón de su oficio, necesiten a juicio de la Corporación, o la Ley, para el desempeño de los diferentes oficios.

CAPITULO IV
Becas, auxilios y recompensas
Art. 20.- Clases. La Corporación concederá las siguientes becas:
lo. Para todos los hijos de los trabajadores:
1.1 Pensiones y matriculas.
Hasta ............... becas por año para estudiantes hijos de los trabajadores que tengan más de .......... año(s) de estar trabajando en la Corporación, que al comenzar el correspondiente período académico no hayan cumplido............ años de edad, que estudien en centros docentes aprobados por el Gobierno Nacional y tengan en las materias cómputo promedio de al menos.......... sobre........... y no hayan perdido materia alguna en el período académico inmediatamente anterior, en la siguiente forma:
a. Primaria: Hasta becas de cuotas mensuales al año, con valor de .............. pesos.
b. Secundaria: Hasta becas, de cuotas mensuales al año, con valor de ........... pesos.
c Universitaria o Tecnológica Universitaria: Hasta becas de .............. pesos para cada semestre.
1.2 Utiles escolares: La Caja entregará a sus trabajadores, una vez al año, por cada hijo menor de.......... años, que curse estudios en establecimiento docente de primaria, secundaria, universitaria o tecnológica universitaria, aprobado por el Gobierno, un auxilio en especie, consistente en útiles escolares por................ pesos.
2o. Para los trabajadores:
a. Bachillerato: A los trabajadores que llevan más de............. año(s) de estar trabajando en la Corporación y cursen estudios de bachillerato en centros docentes aprobados por el Gobierno Nacional, podrá otorgarse hasta becas de................. pesos mensuales, si demuestran su buen rendimiento en el estudio.
b. Universidad y Tecnológico Universitario: La Corporación podrá conceder anualmente hasta becas por................ pesos mensuales, a los trabajadores que cursen estudios universitarios o tecnológicos universitarios con muy buen rendimiento, en universidad aprobada por el Gobierno Nacional y lleven al menos................. años de estar trabajando en la Corporación, Los pagos que se hagan al trabajador por los conceptos de que trata el artículo anteriormente citado no hacen parte del salario ni constituyen factor del mismo.

Art. 21.- Salud infantil. A los hijos de los trabajadores de la Corporación se les otorgará un auxilio de pesos por concepto de hospitalización, cirugía y sala de cirugía si están en edad de y hasta años.

Art. 22.- Auxilio al fondo de empleados. La Corporación auxiliará al Fondo de Empleados para que estimule y promueva actividades deportivas y culturales entre los trabajadores con........... pesos anuales.

Art. 23.- Recompensas especiales. Anualmente antes de finalizar el primer semestre se sortearán premios entre los empleados que durante todo el año inmediatamente anterior hayan mantenido puntualidad, rendimiento, buen trato al público y espíritu de colaboración. Cada uno de los favorecidos en el sorteo recibirá como premio una suma equivalente al salario mensual fijo que esté devengando en la fecha del referido sorteo y los que hubieran ingresado al sorteo y no resultaren favorecidos recibirán....................... pesos. El valor de estos conceptos no constituyen salario ni factor del mismo.

CAPITULO V
Aumentos de sueldo

Art. 24.- Para los efectos de los aumentos de sueldo, de que trata éste Pacto, la Corporación teniendo en cuenta las distintas modalidades de sus servicios, y los reajustes salariales efectuados hasta la fecha al personal, establece los siguientes grupos, con sus respectivos aumentos.

GRUPO “A”:..................
GRUPO “B”: ..................
GRUPO “C” : ..................

Art. 25.- Sin tener en consideración el lugar en donde se presten los servicios, se establece como salario mínimo mensual para los trabajadores de la Corporación que laboren en jornada completa de trabajo, el salario mínimo mensual legal vigente, incrementado en .............. pesos a partir del ................ o proporcional a la jornada trabajada si ésta es inferior a la máxima legal, siempre y cuando estén adheridos a este Pacto.