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Publicado en marzo 02, 2015
El modelo de poder general o poder especial es posible que sea una carta poder o un poder notarial, los dos son distintos. La carta poder puede obtenerse en cualquier papelería. Al comienzo se pone la fecha, después el nombre del sujeto o la dependencia a ante quién se hará el trámite, luego del nombre de la persona que obtendrá el poder (apoderado), luego se realiza la descripción del acto o los actos que podrá llevar a cabo el apoderado o el propósito para el cual se confiere el poder general o poder especial y por último se establecerán los nombres y las firmas de quien confiere el poder (poderdante), quien lo obtiene (apoderado) y de dos testigos, quienes dan fe de que ciertamente fue la decisión del poderdante otorgar un modelo de poder general o poder especial.
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Publicado en febrero 26, 2015
El artículo 29 de la ley 675 del 2001, establece para los propietarios o dueños, que los bienes inmuebles que se sometan al régimen de propiedad horizontal, deben pagar las costas requeridas, fijadas por la administración o la asamblea de la propiedad horizontal, requisito del que no es permitido desentenderse al vender o transferir el bien inmueble.
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Publicado en febrero 19, 2015
No olvidemos que prestan merito ejecutivo los títulos valores y los documentos que exijan el cumplimiento de una obligación, clara, expresa y exigible que vengan del deudor o de su causante y que representen plena prueba contra él, de acuerdo a lo reglamentado en el artículo 488 del código de procedimiento civil.
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Publicado en febrero 19, 2015
Las acciones populares y de grupo actúan siempre y cuando se esté vulnerando o violando un derecho o interés colectivo, como resultado de una acción u omisión de una autoridad pública o particular; al establecer una acción popular en contra de una institución pública o personas privadas que ejerzan funciones administrativas, el juez competente será el juez contencioso administrativo, por otro lado, cuando se trate de personas privadas que no cumplan con la función administrativa, será pertinente la presencia de un juez civil.
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Publicado en febrero 18, 2015
El contrato de mandato o poder de abogado puede ser general o especial, de cualquier forma el mandatario se debe concentrar a lo estipulado en el contrato, aunque en dicho poder de abogado se determine la cláusula de libre administración, esto significa, la cláusula que específica que el mandatario posee la facultad de proceder de la manera que más le parezca acertada, esta cláusula no lo autoriza para modificar la esencia del mandato.
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Publicado en febrero 18, 2015
En el código de procedimiento civil, al tramitar la sucesión de una misma persona ante dos jueces, cualquiera de los involucrados tendrá la posibilidad de reclamar al juez o tribunal responsable de resolver el problema de competencia para que se apropie de encontrarle una solución, hecho que es admisible solo si en ninguno de los procesos se ha dictado sentencia que esté ejecutoriada, a través de la cual se haya aprobado la división o la entrega de bienes de acuerdo a la situación.
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Publicado en febrero 18, 2015
La sucesión ilíquida es una figura jurídica que constituye el grupo de bienes, derechos y obligaciones del individuo natural fallecido, se origina desde la fecha de la muerte del causante y hasta la fecha de ejecutoria de la sentencia que acepte la división o adjudicación; o en la fecha que se prolongue la escritura pública, si se eligió el procedimiento al que habla el Decreto Extraordinario 902 de 1988, según a lo establecido en el literal a) del artículo 595 del Estatuto Tributario.
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Publicado en febrero 17, 2015
Los procesos ejecutivos como su denominación los señala, lo que intentan es ejecutar al deudor que incumplió una obligación por medio de un poder de proceso ejecutivo, sin embargo no comprende cualquier obligación, esta debe estar escrita en un documento que contenga una obligación clara, expresa y exigible; dicha obligación debe estar contemplada en cualquier título valor que cumpla con las condiciones estipuladas por el código de comercio o en cualquier documento que preste merito ejecutivo.
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Publicado en febrero 17, 2015
Los alimentos consisten en una prestación a favor de ciertos individuos que la ley interpone a los padres, a los hijos, y al cónyuge en determinadas situaciones, estas personas pueden facultar a un apoderado para que los represente por medio de un poder para proceso de alimentos. El artículo 411 del código civil establece a quienes se deben los alimentos, teniendo presente lo manifestado por este artículo se deben ...
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Publicado en febrero 17, 2015
Los derechos notariales deben ser pagados al instante de presentarse la solicitud expresa mediante el poder de divorcio contencioso con sus respectivos anexos, una vez revisada la solicitud por el notario, éste aprobará la escritura de divorcio del matrimonio civil; una vez inscrita dicha escritura el notario informará sobre el registro al funcionario delegado del estado civil, el cual debe realizar la respectiva anotación sobre el divorcio, por cuenta del interesado, así lo establece el artículo 6° del decreto 4436 de 2005.