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Suspensión provisional. Auto que prorroga el término de suspensión. Art. 157.2



Por Equipo uniderecho.com

Publicado en febrero 06, 2007

  Suspensión provisional.   Auto que prorroga el término de suspensión. Art. 157.2

Dependencia: .
Radicación Nº: .
Disciplinado: .
Cargo y Entidad: .
Quejoso: .
Fecha de Queja: .
Fecha hechos: .
Asunto : Auto por medio del cual se prorroga el término de suspensión provisional a un investigado (Artículo 157 de la ley 734 de 2.002).

,

Por auto del , dictado dentro del expediente de la referencia, Folio , este Despacho ordenó la suspensión provisional de , en su condición de , decisión cumplida por el nominador mediante acto administrativo calendado el , que lo separó del cargo por el término de ( ) meses, a partir del ( ) de de 2.00 . Folio .

Conforme lo establece el artículo 157 inciso 2 de la ley 734 de 2.002, es potestativo y de responsabilidad del funcionario competente, prorrogar hasta por tres (3) meses más el término de suspensión y no apareciendo variación en la hipótesis planteada en el auto que ordenó la suspensión provisional, se prorroga el término de la misma por ( ) meses.


En mérito de lo expuesto, el Procurador ,

RESUELVE


PRIMERO : Prorrogar la suspensión provisional ordenada mediante auto del al señor , en condición de , por el término de ( ) meses.

SEGUNDO : Remitir copia de esta decisión al nominador, solicitándole dé cumplimiento a la misma de manera inmediata y remita oportunamente copia del correspondiente acto administrativo para que haga parte del expediente.

TERCERO : Comunicar la decisión al suspendido informándole que contra la misma no procede recurso alguno.


COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE



Procurador Delegado para .