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Minuta de cambio, corrección o adición de nombre



Por Equipo uniderecho.com

Publicado en mayo 09, 2013

Minuta de cambio, corrección o adición de nombre

Minuta de cambio, corrección o adición de nombre . . . . . . . . Compareció el señor Hermenegildo Puertas Casas, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía Nº . . . . . . . . expedida en . . . . . . . . y con libreta militar Nº. . . . . . . . del Distrito Militar Nº. . . . . . . . y manifestó: PRIMERO: Que su nacimiento fue inscrito en esta Notaría . . . . . . . . del círculo de . . . . . . . ., el día . . . . . . . . del mes de . . . . . de 19. . . . . . . ., con el nombre de Hermenegildo Puertas Casas, en el folio Nº . . . . . . . . del libro. . . . . . . ., lo cual acredita con fotocopia auténtica para que sea protocolizada con este instrumento. SEGUNDO. Que es su voluntad, por medio de esta escritura pública, fijar su identidad personal con la modificación de su nombre, sustituyendo el nombre de Hermenegildo por el de Alberto, variando su registro civil en ese sentido. Por lo tanto, de ahora en adelante y para todos los efectos públicos y privados su nombre será Alberto Puertas Casas. TERCERO. Que efectúa la modificación enunciada en el punto anterior de este mismo documento, en base a lo dispuesto en el Decreto 999 de 1988. Leído en forma legal el contenido de este documento por el compareciente y advertido de que la modificación de l nombre sólo se puede hacer por una vez, de acuerdo al Decreto 999 de 1988 en su artículo 6º. Igualmente advertido de la formalidad de inscribir su copia en la oficina de Registro Civil de este despacho, lo firma en prueba de su consentimiento, junto con el suscrito Notario, quien así lo autoriza. Firma del compareciente . . . . . . . . Firma del Notario . . . . . . . . RECOMENDACIONES 1. Para el cambio, corrección o adición del nombre, se exige escritura pública, donde se consigna la modificación que se pretende hacer, otorgada por el inscrito. 2. Solamente por una vez y por medio de escritura pública, se puede modificar el registro civil para cambiar, corregir o adicionar su nombre, con el fin de fijar su identidad personal. 3. Solamente la mujer casada y mediante este mismo trámite, puede adicionar o suprimir el apellido del marido, precedido de la preposición “de”. 4. La escritura debe inscribirse en el correspondiente registro civil del solicitante. - El Notario debe proceder a abrir nuevo folio. - Los folios, tanto original como el sustituto, deben llevar notas de recíproca referencia. 5. El cambio, corrección o modificación del nombre no lleva en ningún caso a la alteración del estado civil.