APELACION DELITO FRAUDE PROCESAL
Por Equipo uniderecho.com
Publicado en junio 15, 2007
FISCALIA GENERAL DE LA NACION
UNIDAD DE FISCALÍA DELEGADA ANTE LOS TRIBUNALES SUPERIORES
REF: PROCESO Nº____________
SINDICADOS : _____________ Y __________ DELITOS: FALSEDAD Y FRAUDE PROCESAL
DENUNCIANTE: _______________________
I – CUESTION A RESOLVER:
Esta Delegada de ____________ instancia se ocupa de resolver el recurso de APELACIÓN que interpuso el representante de la Parte Civil, Dr. _________________, en contra de la providencia de fecha ____________del corriente año en virtud de la cual la Fiscalía Seccional _______ de la Unidad ________ de delitos contra la Fe Pública y el Patrimonio Económico se abstuvo de proferir medida de aseguramiento en contra de la sindicada ______________, acusada de Falsedad y Fraude Procesal, y en su lugar ordenó Preclusión de instrucción en su favor (Artículo 39 de la Ley 600 del año 2000).
II- HECHOS Y ACTUACIÓN PROCESAL:
De autos surge que el denunciante _____________, en su condición de cliente y deudor de la compañía Aseguradora de _______________, obtuvo en esta empresa, por el sistema de crédito, el otorgamiento de pólizas que le eran exigidas por distintas compañías contratantes para asegurar sus compromisos, como también consiguió de dicha compañía aseguradora unos créditos. El citado __________ procedió el día ___ de ______ de _____ a firmar y entregar el pagaré en blanco No. ________ para que fuera llenado por la compañía por la cuantía equivalente “al monto de todas las sumas que le estoy debiendo a la Compañía Aseguradora de ________ por concepto del préstamo prendario, recibido en la fecha, sus intereses normales y de mora, honorario de abogado y costos de cobro judicial”, habiendo endosado irrevocablemente a favor de la compañía _________ “La Cuenta parcial de cobro al Contrato No. ______ del ___ de ______ de ______”, celebrado entre él y el _____________, por la suma de $ _______. La _______ por su parte, luego de aceptar el endoso, giró a favor de _________ el cheque No. _________ Banco ________, de fecha _____ de _______ de ________, por la suma de $_________, según consta en el comprobante de Ingresos Vanos No. _________ aportado al plenario -fl. ____ cd ____.-
A raíz de que el deudor al parecer dejó de cubrir el último crédito que se le había hecho, se procedió a utilizar dicho pagaré al cual se le colocó como fecha de emisión el __ de _______ de ____ y fecha de vencimiento el _____ de _____ de ______, por la suma de $________, titulo valor que fue empleado luego por la compañía ___________ para promover en contra del citado __________ juicio ejecutivo ante el Juzgado _____ Civil del Circuito de esta ciudad, en donde se solicitaron medidas de embargo y secuestro de bienes del demandado, quien propuso excepciones al mandamiento de pago, entre ellas, “Inexistencia del titulo ejecutivo” y “Cobro de lo no debido’, ya que dicho pagare había sido falsificado y el pagaré no garantizaba la deuda que se pretendía cobrar ejecutivamente. Los documentos para promover dicha demanda ejecutiva se le hicieron llegar al Dr. ________ por la Dra. __________, Sub-Gerente Jurídica de la entidad demandante, el día ___ de _______ de _____, documentación que incluía el citado pagaré No. ________, ya adulterado en el valor, fecha de emisión y de vencimiento. El ejecutivo concluyó el día ____ de _____ de _______, por desistimiento de la demanda, ya que la parte actora terminó por admitir que efectivamente el citado pagaré no garantizaba la acreencia cuya ejecución se había demandado. -
Por razón de estos hechos, fueron vinculados al expediente el señor ____________, Presidente y representante legal de la compañía Aseguradora de ___________, el abogado __________, quien presentó la demanda ejecutiva, y la Dra. ___________, quien, se repite, en su condición de Sub-Gerente Jurídica de la compañía fue la encargada de hacerle llegar al Dr __________ los documentos indispensables para promover el ejecutivo contra _________, entre ellos, el original del citado pagaré falso No. ________ por la suma de $__________, carta de instrucción de fecha “____ de ___” en donde el denunciante _________ “endosa irrevocablemente a favor de _______, la cuenta de reajuste al contrato No. _________ suscrito entre éste y la _________” y también, el oficio “___ de la _______, por la que se acepta el endoso”. -El referido proceso ejecutivo concluyó, como atrás se dijo, por desistimiento de la demanda por la parte actora, en cuanto se aceptó que efectivamente la obligación que se pretendía cobrar realmente no estaba garantizada con dicho pagaré, que resultó ser apócrifo, porque dicho documento había sido firmado y entregado bajo precisas instrucciones para respaldar otra deuda con la compañía, distinta de la que se pretendió hacer constar allí.-
La Fiscalía de instancia, conforme consta de autos, resolvió Precluir la instrucción en favor del abogado __________ y dictar medida de aseguramiento contra el Presidente de ________, señor _______, de Conminación, por Falsedad para obtener prueba de hecho verdadero (Artículo 295 de la Ley 599 del año 2000) y de Detención Preventiva por el delito de Fraude procesal, en cuanto del acervo probatorio surge, de un lado, que efectivamente el citado pagaré No. ________, de fecha ______ de _______, por la suma de $________, era documento falso, parcialmente, y de otro lado, porque a través de ese titulo valor falso se engañó a la justicia y más concretamente al Juzgado____________, ya que el documento sirvió de base al recaudo de ejecución que se solicitó a través de la demanda contra el señor __________, quien, a través de apoderado, tuvo que promover excepciones contra el mandamiento de pago, porque se pretendió cobrar una deuda que no estaba garantizada realmente con dicho pagaré, el cual había sido objeto de adulteración en cuanto a la fecha de emisión, cantidad y vencimiento, y _______ estaba comprometido en tales delitos.
En cuanto a la Dra. ___________, Sub-Gerente Jurídica de __________, el a-quo estimó que de autos no surge prueba que permita involucrarla en tales delitos de Falsedad y de Fraude procesal, porque, aunque está demostrado que fue ella la que le remitió al Dr. _________ los documentos pertinentes, incluyendo el pagaré falso, a fin de que éste promoviera contra el señor _________ la demanda ejecutiva, de la Inspección Judicial practicada en la compañía ________, de sus explicaciones dadas en la indagatoria cuando afirmó que nada tema que ver ella con la adulteración del citado pagaré, y además de los testimonios de ________ y ________, surgía que ciertamente la sindicada ________ era ajena por completo a estos hechos delictivos que son objeto de investigación, además de que la acusada ignora qué persona pudo haber alterado el pagaré, ya que entre sus funciones como Sub-Gerente Jurídica no estaba la de llenar esa clase de títulos valores como el que sirvió de base a la demanda ejecutiva contra el deudor _______, quien efectivamente era deudor de _________ en cierta suma de dinero y a raíz de esto fue que se llenó el pagaré, siguiendo instrucciones de la misma Súper bancaria y de acuerdo a normas del C. de Comercio, entre ellas, el art. 622, que autoriza llenar los espacios en blanco en un titulo valor siguiendo las instrucciones del creador del titulo, hecho que fue el que se cumplió en este caso, según lo afirma la sindicada, porque _________ era deudor de la Compañía ________ y por ello se procedió por alguien de la compañía a llenar el titulo entregado en blanco y a colocar la fecha del___ de _______ de _____, como fecha de emisión. –
III- DE LOS RAZONAMIENTOS DEL APODERADO DE LA
PARTE CIVIL:
El Dr. ____________, apoderado de la Parte Civil,
solicita se revoque la decisión mediante la cual se dictó PRECLUSION de instrucción en favor de la sindicada Dra. _____________, Sub-Gerente Jurídica de la compañía ________, porque estima que no es de recibo el razonamiento del a-quo “de que no hay participación de la sindicada en los hechos investigados”, pues, de un lado, estima que su responsabilidad se encuentra seriamente comprometida en este asunto, ya que fue precisamente la persona que hizo llegar al Dr. ________ los documentos para demandar, incluyendo el citado pagaré No. _________, ya adulterado, y, de otro lado, porque esa clase de prácticas “cuasi-extorsivas y antijurídicas se generalizan en las oficinas o departamentos Jurídicos de las empresas” y acá no es un “lapsus cálami” la alteración del citado pagaré para demandar a ________“tampoco el reporte ante la Asociación Bancaria del nombre de mi patrocinado” De otro lado, señala el recurrente que es “Evidente” que si está comprometida la citada sindicada __________ en tales delitos de falsedad de Fraude procesal, ya que ella “instigó” al denunciante para que pagara una obligación inexistente basada en un documento espúreo, también provocó que la compañía utilizara ese documento falsificado ante el Juzgado ______ Civil del Circuito contra _________, máxime que ella envió ese pagare ante la oficina del “abogado externo sabiendo que la deuda que se le pretendía cobrar a _______ no estaba garantizada con el pagaré objeto de esta investigación”.-
De otra parte, señala el representante de la Parte Civil que no se puede admitir el planteamiento del a-quo de que la citada Dra. _________ “es ajena por completo a estos hechos delictivos, ya que en todo el trámite prejurídico de hostigamiento o intimidación moral al denunciante y determinación de promover la acción ejecutiva estuvo a cargo del Departamento Jurídico, pues. lo cierto es que el Dr. _______ quien otorgó poder sabia necesariamente junto con la Sub-Gerente Jurídica de las acreencias que había adquirido __________ y de los problemas que tenia el titulo valor objeto de la acción ejecutiva, además, la sindicada tuvo la oportunidad de dialogar con el __________ a quien lo requirió personalmente y le exigió cheques para cubrir la deuda inexistente “, además dicha sindicada “coadyuvó” para que se mantuviera en “estado de indefensión” al denunciante, máxime cuando la compañía ___________ se empeñó en mantener el reporte ante la Asociación Bancaria “después de concluido el juicio civil lo’ que conlleva a deducir que hubo intención dolosa por parte de la sindicada”. Además, señala el recurrente que si ya _________ había cancelado la deuda que respaldaba dicho pagaré, que razón había para que la sindicada ______ enviara el documento irregular al abogado externo de la compañía, a fin de que éste promoviera la demanda ejecutiva, sabiendo ella que _______ ya había cancelado dicha acreencia que respaldaba el pagaré firmado en blanco?.- Agrega, asimismo, que a la sindicada __________“no le importó nada la advertencia que le hacía el abogado _________ en la comunicación del ______ de ____ de ________”, donde le informaba acerca de la inconsistencia del pagaré base del recaudo ejecutivo, no obstante que ella es abogada. -
IV-CONSIDERACIONES DE LA SEGUNDA INSTANCIA:
1.-Tal como se dejó señalado por esta Delegada en providencia de fecha _______de ___, es palmar, indiscutible, que los hechos investigados y que se atribuyen a los sindicados _________ y a la Dra. ___________, Sub-Gerente Jurídica de la compañía ______________, si constituyen los delitos de Falsedad documental y de Fraude procesal (Artículos 295 y 453 de la Ley 599 del año 2000), en concurso, pues, respecto a la Falsedad, es un hecho cierto, incuestionable, que el pagaré No ________, de fecha ______ de ______ y que se empleó para promover contra el señor __________-denunciante- dicha demanda ejecutiva ante el Juzgado __ Civil del Circuito, el día _____ de _______, es documento privado apócrifo, y con base en ese documento -medio fraudulento- se engañó a la justicia para obtener, como se obtuvo, auto contrario a la ley como que el referido pagaré sirvió de base al recaudo de ejecución y a las medidas cautelares que se adoptaron contra el demandado _______ a quien se le embargaron bienes (créditos, dineros y bienes comerciales), como así está demostrado realmente. No cabe ninguna duda que dicho pagaré fue objeto de falsificación, de un lado, porque se ha establecido que el referido titulo valor se firmó y entregó con espacios en blanco por parte del deudor ___________, a fin de cubrir una deuda que éste tenía pendiente hasta ese momento, para lo cual se autorizó un endoso del deudor sobre una cuenta por cobrar a cargo de la ________________, deuda que oportunamente fue cubierta a favor del acreedor ______, como así está palmariamente acreditado dentro del proceso. Y, de otro lado, porque el referido pagaré se había elaborado el día __ de ______ de ______ fl. __ cd. __, no el día ____de ____ de ______, como se pretendió hacer acreditar en el documento.-
El referido pagaré, así adulterado, como se confirma con el dictamen de grafología del folio __ del cd. No. ____, y que sirvió de base a la demanda ejecutiva contra el deudor _________ ante el Juzgado _____ Civil del Circuito, obviamente, conforma un engaño a la Administración de justicia, al punto de que ante las excepciones propuestas por el demandado __________, la parte demandante no tuvo otra alternativa que desistir de la demanda, terminando por aceptar el abogado de ________ Dr. ____________, que efectivamente ese pagaré no estaba garantizando la acreencia que se pretendía cobrar en el ejecutivo del Juzgado_____Civil del Circuito, conforme así se lo informó el citado abogado a la Dra. ________ Sub-Gerente Jurídica de________, en comunicación del _____ de ____ de _____, visible al fl.________ del cd. original No. ___, en donde, además, el citado abogado manifestaba a dicha funcionaria que “aconsejo desistir de la acción y encaminar el asunto par la VÍA ORDINARIA” .-
2.- En opinión de esta Delegada, es palmar, indudablemente, que la prueba recaudada hasta ahora compromete necesariamente a la Sub-Gerente Jurídica de la compañía ____________, Dra ___________, en los ilícitos que son objeto de investigación porque, aunque es cierto que hasta ahora no está acreditado que hubiera sido ella la persona que directa y personalmente llenó el pagaré colocándole como fecha de emisión el_____ de _______ de _____, fecha que no correspondía a la verdad, y demás datos, lo cierto es que surgen circunstancies que permiten, no cabe duda, deducir que ella si tiene participación en estos hechos delictivos. Veamos. Tal como se halla establecido, fue ella precisamente la persona que entró a gestionar directamente ante el abogado externo de __________, Dr. _________, el cobro jurídico de la presunta deuda que garantizaba el citado pagaré objeto de adulteración, haciéndole llegar los documentos pertinentes, entre ellos, el original del pagaré falso, comunicación mediante la cual ________ endosaba a favor de _________ la cuenta de reajuste “al contrato ______/__ suscrito entre éste y la __________y también el oficio de Tesorería Distrital, por medio del cual “se acepta el endoso”.- Es preciso acá, advertir, que contrario a lo que se consigna en la comunicación de fecha _______ de ____ de _____ firmada por la sindicada y dirigida al abogado ______, el endoso de la referida cuenta por cobrar No. _______ a favor de ________ por parte de ___________, no se había realizado el día _____ de ____ de _____, sino el día _____ de _____ de _____, conforme consta al fl. ____ de las copias del proceso ejecutivo. Tal como se halla demostrado, de otro lado, la sindicada __________, como Sub-Gerente Jurídica de ______ tenía, entre otras funciones, la de tramitar ante los abogados externos de ________el cobro jurídico de las deudas a favor de la compañía, ejercer la “Vigilancia judicial sobre los procesos que directamente se llevan por la Su3.b-Gerencia y los que llevan por los abogados externos”, y entre sus funciones jurídicas estaban, además, las de “Asesorar y elaborar Informes, conceptos solicitados por la presidencia.. Trámite General... Conciliaciones extraprocesales”. fls. ____y ss..y___y ss, cd. __.-
3.- La sindicada ___________fls._____ y ss. y ____y ss, cd ____- como era de esperarse, se muestra ajena por completo a los hechos delictivos investigados, afirmado que aunque es cierto que ella fue quien envío al abogado externo de _________, Dr. _______, aquellos documentos necesarios para promover la demanda ejecutiva contra _________, habiendo aportado incluso el original del pagaré No. _________, por la suma de $_______, de fecha ______ de ____, ella no ha participado en tales conductas presuntamente delictivas. Sinembargo, es preciso señalar, en primer lugar, que aunque se dice en autos que el Dpto. encargado de “llevar el control y hacer que se cumplan los requisitos exigidos por la SUPERINTENDENCIA BANCARIA es la Gerencia Financiera de la Compañía”, también lo es que “una vez vencidas las obligaciones de los afianzados, la Gerencia Financiera, a través de memorando interno, envía a la Subgerencia Jurídica la documentación completa en que la que se acredite el incumplimiento de las obligaciones por parte del afianzado o deudor prendaría, anexando las cartas requiriendo el pago tanto a la entidad contratante como al deudor” fl._, cd. __. - En segundo término, fue la sindicada ________, como así está demostrado y aceptado por ésta en la injurada, quien recibió de la Gerencia Financiera el memorando con el cual se pedía tramitar el cobro jurídico de la deuda a cargo del señor ________, habiendo manifestado la sindicada ______ que ella estaba al tanto de las acreencias que ________ le había otorgado al citado _______, como también estaba al tanto del pagaré en blanco que éste había firmado y entregado, no en ______ de _____, como se quiso aparecer en el mismo, sino el ______ de ______ de _________, como así está demostrado fehacientemente; además, la sindicada ________, como así surge de autos, intervino en la gestiones de cobro directo de la deuda mediante charlas con ______________, y asimismo, estaba enterada suficientemente del trámite administrativo que se tuvo que surtir ante el Contencioso, a fin de tratar de enervar los efectos de una sanción pecuniaria impuesta por la ___________ por supuesto incumplimiento por parte del citado _________ a uno de los contratos con dicha entidad y que estaban afianzados por _________ fis.__ y cd. __ - Asimismo, estaba al tanto de que se había hecho efectiva una garantía de “Estabilidad” a cargo de ________, en cuanto a tal contrato celebrado por ________, No. ___/__, aceptándose allí por la Sub-Gerente Jurídica de que ciertamente “La operación se desarrolló normalmente -se refiere al endoso de la Cuenta Parcial de Cobro No.___ de __ de_____ de _____ a favor de ____________ tanto así que la Unidad Financiera de la _________, mediante oficio No. _______de _____ de _____, nos informó que en la fecha había recibido y aceptado en endoso, irrevocable, de la cuenta mencionada por valor de $_________”, recalcándose asimismo, que “la actitud que tomó la compañía de seguros al momento indicado, llenando como fecha del pagaré en el cual se hizo exigible su derecho frente al afianzado para el cobro de la suma de dinero que le había entregado a titulo de mutuo. No obstante, el pagaré en mención contenía en su fecha la leyenda “198_”, como quiera que la operación comenzó en la década de los 80s, pero como el problema que dio lugar a la exigibilidad de la obligación a cargo del afianzado se presentó en la década de los 90’s, se procedió a llenar el titulo valor conforme a la carta de instrucciones, por una persona aun no determinada...” según consta a fls.____ y ss del cd. No.___ .-
4 -No cabe, pues, ninguna duda de que la sindicada ________, como Sub-Gerente Jurídica de _______, estaba al tanto del pago del crédito que se pretendía cobrar con base en el pagaré falso, además de que, según ella, en el trámite del cobro “prejuridico”, tuvo “VARIAS CONVERSACIONES con él __________, quien nos manifestaba que carecía de los recursos necesarios para cancelar la obligación, en varias oportunidades planteó fórmulas de arreglo, sin haberse concretado ninguna de ellas, en este proceso de cobro prejuridico duramos aproximadamente un ___, lo que deja ver, muy claramente, que la acusada estaba empapada suficientemente del procedimiento de cobro de la deuda que se pretendió cobrar ejecutivamente apoyándose la compañía en el pagaré falso, de suerte tal que mal podría aceptarse entonces que la sindicada es ajena al proceso de falsificación del pagaré y al uso del documento ante el Juzgado _____ Civil del Circuito como medio fraudulento a fin de conseguir decisión contraría a la ley. - Es más, la sindicada sabía qué dinero era el que adeudaba ____________, y estaba al tanto, no cabe duda, de que las dos primeras acreencias ya estaban canceladas por ________, pues solo quedaba pendiente la tercera, que fue la que se pretendió cobrar ejecutivamente con base en el pagaré objeto de adulteración. Además, la misma sindicada dice que al abogado externo de la compañía se “le envía la carpeta, donde se encuentran los comprobantes correspondientes de toda la negociación efectuada entre _______ el _________” carpeta que, como surge de autos, de manera inexplicable se extravió de ________ después de concluido el juicio ejecutivo, por desistimiento de la parte demandante
De otro lado, conforme lo acepta la misma sindicada, “si conocí el pagaré en blanco suscrito por _______ y su fiador, así como la carta de instrucción, a __________ se le hicieron tres préstamos y fueron en las siguientes fechas:_____ de ____, ______ de ____ y ______ de __________... como se puede ver en el pagaré que sirvió de titulo ejecutivo el cambio del 8 por el 9 no trae ningún tipo de consecuencia de carácter JURÍDICO ni para hacer valer una obligación ni ningún otro objeto... no hay dolo ni se constituye una conducta típica”, razonamiento inaceptable, porque, en cuanto a la comisión de la falsedad es palmar que el referido pagaré si fue objeto de adulteración y de esa manera se atentó contra el bien jurídico de la fe publica, y con el uso del mismo para promover la demanda ejecutiva se lesionó la administración de justicia, porque esa conducta constituye Fraude procesal. Ahora. Cuando se le pregunta a la sindicada ________si cuando ella recibió, en su calidad de Sub-Gerente Jurídica de ________, el pagaré de marras en el mes de _______de_______, el documento se hallaba en blanco, o si por el contrario ya había sido llenado, contesta “ si se encontraba en blanco y si lo recibí en blanco con un memorando interno de ______ de ________ ...”, lo que refuerza, no cabe duda, su necesaria participación en la falsedad del pagaré, puesto que ella le hizo llegar al abogado ________ el pagaré ya lleno para promover la demanda, no siendo atendible, por tanto, el argumento de la sindicada de que “yo no llené” el pagaré, ni tampoco “di la instrucción para que el mismo fuera llenado”. Necesariamente, la sindicada debió intervenir en el proceso de adulteración del pagaré colocando la cifra, la fecha de emisión, de vencimiento y demás datos, porque ella está admitiendo que cuando le fue enviado por la Gerencia Financiera dicho pagaré estaba aún en blanco, y después es que aparece ya llenado con datos carentes de veracidad, de modo que seria necio desconocer la vinculación de la sindicada con los hechos del proceso.-
5.- La participación de la sindicada _______, es palmar, se robustece frente a lo que explica el ________ de __________, y aun el mismo Dr. ________, abogado de ________ en el cobro ejecutivo del pagaré falso, pues el Dr.______ dice que él le hizo llegar a la Dra. _____________ copia del escrito de excepciones del demandado en el ejecutivo, donde sostenía un cobro indebido de la deuda, porque ese pagare no respaldaba la acreencia que se estaba cobrando; que por la “complejidad y digamos magnitud de la empresa” , esa clase de decisiones como ejercitar el cobro judicial, está a cargo de la “oficina jurídica”, y que en su oportunidad puso al tanto de la Sub-Gerente Jurídica de __________ que esa carta de instrucción no correspondía realmente a la deuda que se pretendía cobrar ejecutivamente con base en dicho pagaré, lo que realmente era una cuestión indiscutible porque el endoso que hiciera el ____________ el día ____ de ______ de______ sobre la Cuenta parcial de cobro No. __/__, correspondía a una deuda distinta y que se quiso hacer constar en el pagaré No._______, de _____de______, objeto de adulteración. El Dr. ______, Presidente de ________, por su parte, señala que la fecha del pagaré se coloca en la fecha en que se llena, “ cuando se va a hacer efectivo..., dicho pagaré estaba acompañado de una carta de autorización, carta que obedecía a obligación ya cancelada.... el funcionario que llenó el pagaré es muy difícil saberlo”; sin embargo, como se halla demostrado en autos, el pagaré aludido llegó a poder del abogado de _________ Dr. _______ ya adulterado, echo que no se podría desconocer, pues el abogado _________ ha sido claro en afirmar que los documentos para demandar ejecutivamente a _______, entre ellos, el pagaré No. ______, lo recibió de la Sub-Gerencia Jurídica de ________, ya elaborado, y por eso presentó la demanda, aportando los documentos que había recibido, entre ellos, la “Comunicación de ____ de ____” alusiva al endoso de la Cuenta Parcial de Cobro No.____ de _____, a favor de ________ y a cargo de la ____________. -
6.- De suerte tal que, contrario a lo que plantea la defensora de la Dra. ____________, su asistida sí está necesariamente comprometida en estos ilícitos de Falsedad y Fraude procesal, porque los resultados de la Inspección Judicial verificada en la compañía _________, como también los testimonios de ______________-fl. _____ cd.__ y de _________ fl.___, cd.__, no desvirtúan ni demeritan la participación que cabe predicar de dicha sindicada, pues, se repite, tuvo injerencia en el proceso de cobro prejuridico de la deuda a cargo de _________ alcanzó a tener charlas con éste para tratar de llegar a una solución de la acreencia, y lo que es mas diciente, la Gerencia Financiera le remitió la documentación para estudio sobre viabilidad de promover el cobro jurídico de la deuda, habiendo recibido, según ella, el pagaré en blanco, vale decir, cuando aun ni siquiera había sido objeto de adulteración. No cabe, por tanto, admitir el planteamiento de la defensora de que no fue “su defendida quien participó en la presunta adulteración del pagaré, mucho menos determinó la misma”, pues, se reitera, el hecho de haber tenido que ver en el trámite jurídico de gestión de cobro jurídico del crédito supuestamente respaldado por dicho pagaré falso, la hace partícipe de estos punibles de Falsedad y Fraude procesal. Tampoco, se podría admitir el argumento de la defensa de que dicho pagaré “respaldaba todas las obligaciones de _______ con la aseguradora _______, porque dicho titulo valor se suscribió exclusivamente por ___________ para garantizar “el préstamo prendario, recibido en la fecha”, el cual ascendía a algo mas de $___________ y además, según el art. 622 del C. de Co., el tenedor legitimo de un titulo valor solo está autorizado para llenar los espacios en blanco, “conforme a las instrucciones del suscriptor que los haya dejado, antes de presentar el titulo para ejercitar el derecho que en él se incorpora”, de modo que mal podía utilizarse el titulo valor para hacer constar allí otra deuda totalmente distinta de la que indica la carta de instrucciones del creador del pagaré objeto de falsificación.
Acaso, se podría pensar en que la adulteración del pagaré fue seguramente decisión exclusiva y propia de alguna Secretaría de esa Sección, o del Dpto. de Crédito, o de alguno de los abogados que trabajaban para la Sub-Gerencia Jurídica, como se pretende hacer creer?. -Los documentos necesarios para que el abogado _________ gestionara el cobro jurídico de la presunta deuda a cargo del señor_______ ante el Juzgado ____Civil del Circuito, se reitera, se los envió la sindicada _________ al abogado _______, el día __ de _____ de ______, y para ese instante, no cabe duda, ya el pagaré No. ________, por valor de $___________ (el mismo valor de la solicitud de endoso de la Cuenta Parcial de Cobro No. __/__, de fecha ______ de____ de ______), había sido objeto de dicha adulteración, lo que es una cuestión irrefutable.
La colocación de la fecha ________ de _____ de _______, como aquella en que supuestamente había sido expedido y firmado el pagaré, era requisito indispensable para poder entablar la demanda ejecutiva, porque la compañía _______ carecía ciertamente de titulo valor que respaldara la deuda a cargo de __________ y que permitiera ejercitar el cobro por la vía judicial. Y, como lo afirma el mismo abogado ________, éste puso al tanto a la sindicada ________ quien es abogada- de la falta de titulo ejecutivo que realmente respaldare la acreencia que se pretendía cobrar ejecutivamente, aspecto que fue una cuestión desentendida para la Sub-Gerente Jurídica de _________, _______, lo que refuerza, no cabe duda, su participación en tales hechos delictivos.-
7.-De otro lado, aunque se produjo fallo de Tutela, de fecha ___ de ___ de _____, ordenando que _______ debía de solicitar a la Asociación Bancaria en el “término de 48 horas a partir de la notificación de la presente providencia” el “borrado” de la Central de Información del deudor______, existió cierta reticencia de parte de _______, y por qué no decirlo, también de la Sub-Gerencia Jurídica, para atender oportunamente tal requerimiento de la Sala Civil del Tribunal Superior de _______ (para _____ de ___ de ______, aun subsistía el reporte de la deuda a cargo de ________-fl __, cd. Tutela-), actitud que refuerza los cargos contra la acusada _______ en tales conductas punibles, tanto mas si se tiene en cuenta que a ella le fue indiferente la advertencia del abogado de _______, plasmada en su comunicación del ___ de __ de ____, en donde el abogado le advertía la posibilidad de triunfo de la excepción de “pago” propuesta por la parte demanda dentro del ejecutivo, y además, le proponía la alternativa de un desistimiento de la acción ejecutiva” debido a que “el pagaré base de la acción instaurada, fue otorgado para garantizar una operación anterior a la cobrada actualmente” -fl.__, cd. __ sugerencia que ha debido atender la sindicada, en su condición de Sub-Gerente Jurídica de la compañía, ya que el cobro jurídico se había tramitado, precisamente, por conducto de dicha dependencia a cargo de la sindicada.- Dice la defensora de la sindicada que ésta es ajena a los presuntos delitos investigados porque “Simplemente se limitó a requerirlo- a ________- para el pago de una obligación realmente existente, lo cual está dentro de los parámetros legales” y que el reporte a la Asociación Bancaria no fue obra de “mi poderdante”, ya que eso lo realiza el área financiera de la Aseguradora, pero olvida la defensora de la acusada que a ésta se le remitió la documentación para el estudio de cobro jurídico de la deuda que se decía estaba pendiente y a cargo de ________, incluyendo el pagaré aún en blanco, y el abogado ______ la puso al tanto de la inconsistencia del pagaré base del cobro ejecutivo de la acreencia que se reclamaba en el juicio civil, sin que esa advertencia haya merecido atención alguna de la acusada. -
Además, como bien lo apunta el recurrente, la adulteración del pagaré de marras era una cuestión que iba a ahorrar un “trámite de un engorroso proceso ordinario que podía durar más de ____( ) años”, porque ______ carecía ciertamente de documento -titulo valor- que respaldara la acreencia (deuda) que se pretendía cobrar ejecutivamente, como así terminó admitiéndolo el mismo Dr. ________-fls. ___y __, cd.__ . -
8.-De suerte tal, que contrario a lo que sostiene el a-quo en la providencia recurrida, es indudable que dentro del proceso sí se reúnen las exigencias del art. 388 del C. P. P., (Artículo 356 de la Ley 600 del año 2000) y por tanto, será del caso adoptar la medida de aseguramiento en contra de la Dra. _________, Sub-Gerente Jurídica de ______, por Falsedad en documento privado y Fraude procesal, en calidad de autora del primer delito y de Cómplice del segundo, porque, en cuanto a la adulteración del pagaré No. __________, allegado al ejecutivo, necesariamente ella es coparticipe-autora; y respecto al Fraude procesal, porque contribuyó al engaño a la Administración de justicia haciéndole llegar al abogado ________ el citado pagaré ya falsificado, a fin de que sirviera de fundamento del recaudo de ejecución que se pedía contra el presunto deudor _________ y de las medidas de embargo y secuestro- El hecho de haber recibido el pagaré en blanco para estudio jurídico de cobro judicial, constituye necesariamente un indicio grave, porque, se reitera, el titulo valor ya falsificado le fue entregado al abogado externo de ______, _______, como así está acreditado. El conocimiento que _________, Sub-Gerente Jurídica de ________, tenía sobre las acreencias del señor ____________; la gestión de cobro personal y directo por parte de ésta de la deuda pendiente a cargo de _______, y su participación en el trámite de cobro jurídico de la obligación que se reclamaba por ________, refuerzan dicha participación suya en tales delitos de Falsedad y Fraude procesal, de modo que habrá de revocarse el auto apelado y en su lugar, dictar dicha medida, conforme lo reclama el apoderado de la Parte Civil.-
Las medidas de aseguramiento que se adoptarán serán la Conminación en cuanto al delito de Falsedad, por estar sancionado este delito con pena de arresto (Artículos 295 y 453 de la Ley 599 del año 2000), y Detención Preventiva en cuanto al Fraude Procesal, de acuerdo a lo que establece el art. 397, ord. 2o. del C. de P. P. (Artículo 355 a 357 de la Ley 600 del año 2000). Sin embargo, como se reúnen en este asunto las exigencias del art. 415, numeral 1o. del C. de P. P. (Artículo 365 de la Ley 600 del año 2000) ( la pena en caso de condena no es superior a 3 años de prisión, la sindicada no registra antecedentes penales y las modalidades de los hechos no acusan la necesidad de tratamiento penitenciario-art. 68 C. P. -) (Artículo 63 de la Ley 599 del año 2000), será del caso conceder la Libertad Provisional en favor de la sindicada _______, previa Caución que se fija en ______( ) salarios mínimos legales mensuales, dada la naturaleza de los hechos y su capacidad económica, caución que debe de prestar dentro de los __ ( ) días siguientes a la notificación de este proveído a favor de la Fiscalía de instancia, debiendo además suscribir la diligencia de Caución (Artículos 368 y 369 de la Ley 600 del año 2000). También se dispondrá la prohibición de salir del país. Esta Delegada se abstendrá de ordenar embargo y secuestro de bienes de la acusada, pero la Parte Civil podrá denunciarlos en su momento, para los fines de ley.-
Las demás decisiones contenidas en el auto recurrido no ofrecen reparo, y por consiguiente, serán objeto de aprobación. -
Por todo lo expuesto, esta Delegada,
RESUELVE:
1.-REVOCAR la PRECLUSION DE INVESTIGACIÓN que se ha dictado en favor de la sindicada Dra. ________________, Sub-Gerente Jurídica de la compañía _________, la cual se adoptó en la providencia objeto de apelación, por las razones atrás expuestas.-
En consecuencia, se ordena:
2.- DECRETAR medida de aseguramiento de CONMINACIÓN en contra de la sindicada Dra. _____________, por el delito de Falsedad documental, en calidad de Autora, previsto en el art 228 del C. P. (Artículo 295 de la Ley 599 del año 2000), cometido en las circunstancias que se dejaron señaladas. -
3.- DICTAR igualmente medida de aseguramiento de DETENCIÓN PREVENTIVA en contra de la acusada Dra._________, como Cómplice del delito de Fraude procesal, previsto en el art. 182 del C. P. (Artículo 453 de la Ley 599 del año 2000), cometido en las circunstancias que se dejaron atrás expuestas.-
4. CONCEDER en favor de la acusada Dra. ___________ el beneficio de la LIBERTAD PROVISIONAL, previa caución que se le fija en ___( ) salarios mínimos legales mensuales, que debe de prestar a favor de la Fiscalía de instancia dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación de esta providencia, debiendo suscribir diligencia de Caución, según lo atrás consignado.-
5. ABSTENERSE de ordenar embargo y secuestro de bienes de dicha acusada, pero la Parte Civil podrá denunciarlos en su momento, para los fines de ley.-
6. PROHIBIR la salida del país de la sindicada Dra. _________, de acuerdo a lo que ordena el C. de P. P.
7. CÍTESE a la sindicada a fin de que suscriba la respectiva diligencia de Caución.-
8. CONFIRMAR en lo demás el auto apelado. -
Cópiese, notifíquese y devuélvase.
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El Fiscal Delegado.
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El Secretario.