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¿Qué causales motivan la demanda de la patria potestad?



Por Equipo uniderecho.com

Publicado en mayo 06, 2015

¿Qué causales motivan la demanda de la patria potestad?

La Patria Potestad está conformada por todos aquellos Derechos que confieren las leyes a los padres sobre sus hijos no emancipados. Esos Derechos les posibilitan ejercer el cumplimiento de sus Deberes como padres. La patria potestad es posible suspenderla o perderla, lo que significa que son dos razones jurídicas distintas. La suspensión es pasajera, es decir, que una vez el padre logre rehabilitarse éste puede volver a ejercerla. La pérdida es indefinida. Por esto, no es viable la aplicación de las causales legales para la suspensión o la pérdida de la patria de potestad, de forma indistinta.

El artículo 310 del Código Civil establece las causales que dan cabida a la suspensión y a su vez la demanda de la Patria Potestad, y que son:

1. Demencia
2. Mala administración de los propios bienes
3. Ausencia prolongada de uno de los padres

Por otro lado, el artículo 315 del Código Civil estipula las causales que dan lugar a la pérdida de la Patria Potestad y al mismo tiempo a la demanda de la Patria Potestad como son:

1. Maltrato del hijo
2. Abandono del hijo
3. Depravación
4. Haber sido condenando el padre a pena privativa de la libertad superior a un año.

Cualquier pariente del niño ya sea cualquiera de los padres, abuelo, tío, entre otros. Tienen la capacidad para comenzar el Proceso de Suspensión o Pérdida de la Patria Potestad, de igual manera es posible que lo realice el juez de oficio o el defensor de familia. Si deseas ampliar tus conocimientos sobre el tema te invitamos a leer sobre demanda de suspensión sobre la patria potestad.

En la demanda de la Patria Potestad se citaran a individuos en calidad de testigos para que revelen ante el juez cómo era la relación padre-hijo.

Cuando el juez dicte sentencia Suspendiendo o Privando al padre de ejercer la patria potestad sobre el niño, no estará en condiciones de ejercer ninguno de los derechos que por ley se le confirieron a través  de la patria potestad, solo tendrá la posibilidad de ejercer esos derechos el otro padre. Si a los dos se les suspende la patria potestad, al menor se le nombra un guardador, hasta que el joven cumpla la mayoría de edad.

Sin embargo, el hecho de que a un padre se le suspenda la patria potestad sobre el hijo no significa que sus deberes como padre de igual forma se suspendan, debido a que continúa con su deber de proporcionar alimentos.