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¿Qué es el Estado Social de Derecho?



Por Equipo uniderecho.com

Publicado en marzo 17, 2015

¿Qué es el Estado Social de Derecho?

El artículo 1º de la Constitución establece el Estado Social de Derecho como una base esencial de la organización política.

La definición de Estado Social de Derecho surgió en Europa en la segunda mitad del siglo XX, como un modelo de organización del Estado orientado a “realizar la justicia social y la dignidad humana mediante la sujeción de las autoridades públicas a los principios, derechos y deberes sociales de orden constitucional”

En ese sentido, el supuesto fundamental sobre el cual se elabora esta clase de organización política es el de una privada, inseparable interrelación entre las categorías del “Estado” y la “sociedad”, la cual se contempla ya no como una entidad constituida por individuos libres e iguales en abstracto –de acuerdo a la formula tradicional del Estado liberal decimonónico-, sino como una reunión de sujetos y grupos en condiciones de desigualdad real.

El rol del Estado Social de Derecho trata, así, en “crear los supuestos sociales de la misma libertad para todos, esto es, de suprimir la desigualdad social”; según lo ha estipulado esta Institución, “con el término ‘social’ se señala que la acción del Estado debe dirigirse a garantizarle a los asociados condiciones de vida dignas. Es decir, con este concepto se resalta que la voluntad del Constituyente en torno al Estado no se reduce a exigir de éste que no interfiera o recorte las libertades de las personas, sino que también exige que el mismo se ponga en movimiento para contrarrestar las desigualdades sociales existentes y para ofrecerle a todos las oportunidades necesarias para desarrollar sus aptitudes y para superar los apremios materiales.” Para ampliar esta información te invitamos a seguir leyendo sobre  Estado Social de Derecho.
 
¿Qué significa Estado Social de Derecho?

El principio de Estado Social de Derecho difiere con el Estado de Derecho liberal con respecto a sus propósitos: el Estado Social de Derecho no se limita únicamente a salvaguardar la vida,  la propiedad y la libertad por medio de la protección contra el fraude, el hurto, el incumplimiento contractual o los perjuicios provocados por terceros, funciones clásicas de lo que significa un Estado vigilante. Sus propósitos poseen mayor alcance y tienen en cuenta, entre otros, fomentar la prosperidad general; asegurar la eficacia de las normas, derechos y deberes estipulados en la Constitución; permitir la intervención de todos en las determinaciones que repercuten en ellos y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; y garantizar el ejercicio de un orden justo (art. 2° de la C.P.).

Para esto, el Estado Social de Derecho dispone de facultades extensas de participación en la economía, las cuales deben estar enfocadas a conseguir los propósitos generales del Estado y los objetivos específicos de la intervención económica enunciados fundamentalmente en el artículo 334 de la Constitución. Entre estos fines específicos sobresalen el de “asegurar que todas las personas, en particular las de menores ingresos, tengan acceso efectivo a los bienes y servicios básicos” (art. 334 de la C.P., inc. 2°).
 
El alcance del principio de Estado Social de Derecho respecto de la relación entre las autoridades y la persona individualmente considerada es bastante amplio, y se ve reforzado por los principios fundamentales de la dignidad humana, el trabajo, la solidaridad (art. 1° de la C.P.) y la igualdad (art. 13 de la C.P.).